lunes, 9 de julio de 2012

modificaciones en la LAU (may.2012)



Hace unas fechas se modificó la LAU (ley de arrendamientos urbanos), para reactivar el mercado del alquiler así como "priorizar la voluntad de las partes frente a las obligaciones legales".
La LAU incluye ciertos incentivos fiscales, como la exención del 70% en el impuesto de la renta para los propietarios que no residan en España y del 100% para los que vivan en la Unión Europea y tengan entre 18-30 años.

Encontramos una reducción en plazos, el período obligatorio del contrato (cinco a tres años), y (tres a un año) en el caso de la prórroga automática, con un total de cuatro años de alquiler amparados por la ley.

También se reduce a un mes el periodo de antelación con el que la parte arrendataria debe avisar el abandono de la vivienda a la parte arrendadora, al igual que la propiedad del inmueble debe avisar del fin del alquiler, siempre y cuando acredite que necesita la vivienda por causas de divorcio o su uso por parte de un familiar de primer grado.

En caso de impagos, la propiedad solo necesitará un requerimiento notarial o judicial para poder desahuciar al inquilino, aunque se debe especificar esta norma en el contrato. La parte arrendataria tendrá de un total de diez días para saldar la deuda.

Si se llevara a cabo la venta de la vivienda a un tercero, este solo debe mantener el contrato con el inquilino si dicho contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad.






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