jueves, 9 de mayo de 2013

CERTIFICADO ENERGETICO,... etiqueta

a partir del próximo 1 de junio todos los propietarios que deseen alquilar o vender su vivienda deberán contar con el certificado energético. os mostramos cómo es la etiqueta de eficiencia energética oficial que debe aparecer en el certificado energético
1) la etiqueta de eficiencia energética de edificios en territorio español se ajustará al contenido de la siguiente figura:


2) se tendrá en cuenta las siguientes precisiones:
i. la etiqueta medirá al menos 190 mm de ancho y 270 mm de alto. cuando se imprima en un formato mayor, su contenido deberá mantener las proporciones de  las citadas especificaciones.
ii. el fondo será blanco
iii. los colores serán cmyk (cian, magenta, amarillo y negro) con arreglo al ejemplo  siguiente: 00-70-x-00: cian 0 %, magenta 70 %, amarillo 100 %, negro 0 %.
iv. serán válidas todas las lenguas oficiales del estado español.
v. la etiqueta cumplirá todos los requisitos siguientes (los números se refieren a la  figura anterior):
1. reborde de la etiqueta: trazo 2 mm en bordes izquierdo, superior y  derecho; y trazo de 4 mm en el borde inferior - color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.
2. esquina de la etiqueta: chaflán de 20 mm – 20 mm - color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.
3. borde inferior de la etiqueta: trazo 4 mm en borde inferior.
4. cabecera de la etiqueta:
5. título de la etiqueta: ancho: 180 mm – alto: 20 mm – fondo: 00-00-00-00.
a. 1ª línea: “calificación energética” fuente: helvética condensed heavy 24 pt.
b. 2ª línea: “del edificio terminado” o “del proyecto” fuente: helvética condensed medium 24 pt.
c. color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.
6. código bidi: ancho: 18 mm – alto: 18 mm.
a. título “etiqueta” fuente: helvética condensed thin 24 pt. color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.
7. datos del edificio:
a. área rectangular: ancho: 180 mm – alto: 50 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.
b. título “datos del edificio” fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-x.
c. texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.
d. casillas de formulario: ancho: variable – alto: 17 a 7 mm – color: 00-00-00-00.
e. texto a introducir en las casillas de formulario: fuente: arial normal 9-13 pt – color: 00-00-00-x.
8. escala de la calificación energética: ancho: 180 mm – alto: 135 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.
a. título “escala de la calificación energética” fuente: helvética condensed heavy 13 pt – color: 00-00-00-x.
b. texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética
condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55
9. escala de a (más eficiente) a g (menos eficiente):
a. flecha: ancho: para clase a 45 mm – para clase g 90 mm - alto: 14 mm - espacio: 3 mm – colores:
−clase a: 85-15-95-30.
−clase b: 80-00-x-00.
−clase c: 45-00-x-00.
−clase d: 10-00-95-00.
−clase e: 05-30-x-00.
−clase f: 10-65-x-00.
−clase g: 05-95-95-00.
b. texto “a” – “g”: fuente: helvética rounded condensed bold 35 pt – color: 00-00-00-00.
c. texto “más eficiente”, “menos eficiente”: fuente: helvética condensed
medium 15 pt – color: 00-00-00-00.
10. calificación energética:
a. flecha: ancho: 30 mm - alto: 15 mm - colores: 00-00-00-x.
b. valor: fuente: helvética rounded condensed bold 45 pt – color: 00-00-00-00.
11. registro:
a. área rectangular: ancho: 180 mm – alto: 30 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.
b. título “registro” fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-x.
c. texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética
condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.
d. casillas de formulario: ancho: variable – alto: 17 a 7 mm – color: 00-00-00-00.
e. texto a introducir en las casillas de formulario: fuente: arial normal 9-13 pt – color: 00-00-00-x.
12. pie de etiqueta: ancho: 180 mm – alto: 20 mm – fondo: 00-00-00-00.
a. texto “españa”: fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-x.
b. texto “directiva 2010/31/ue”: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.
13. logotipo de la unión europea: ancho: 14 mm – alto: 10 mm.
3) escala de calificación de eficiencia energética para edificios destinados a vivienda.
los edificios de viviendas regulados por este procedimiento básico se clasificaran energéticamente de acuerdo con la tabla i, tanto si corresponde a viviendas unifamiliares como en bloque





noticia de idealista.com

CERTFICADO ENERGETICO,... aprobado

el certificado energético será obligatorio a partir del próximo 1 de junio
el certificado energético será obligatorio a partir del próximo 1 de junio
el consejo de ministros ha aprobado el certificado energético que será obligatorio para los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda a partir del próximo 1 de junio, tal y como ya adelantó idealista news. según el ministerio de fomento, el 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa de eficiencia energética y que, en general, las viviendas en españa consumen el 17% de toda la energía del país
dentro de la política de apoyo a la vivienda y rehabilitación y dando cumplimiento con la normativa comunitaria, el consejo de ministros ha aprobado el real decreto para la certificación de eficiencia energética de los edificios existentes
este documento será exigible en dos meses “para los contratos de compraventa o arrendamiento”. la nueva fecha del 1 de junio supone un retraso respecto al 1 de enero pasado que figuraba en el borrador anterior. por tanto a partir de junio será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética
este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía
programas informáticos del idae
como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del ministerio de industria, energía y turismo y del ministerio de fomento, el instituto para la diversificación y ahorro de energía (idae) ha elaborado los programas informáticos ce3 y ce3x, ambos publicados como documentos reconocidos a disposición de los técnicos certificadores
además, el idae se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas ce3 y ce3x. finalmente, idae se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente
obligaciones para las administraciones públicas
igualmente, y como actuación ejemplarizante de las administraciones públicas, el real decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética
así, el complejo cuzco que alberga a los ministerios de industria, energía y turismo, economía y competitividad y parte de hacienda y administraciones públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética c


noticia de idealista.com

CERTIFICADO ENERGETICO,... cómo obtenerlo?

el certificado energético para vender o alquilar un piso será imprescindible el próximo año
el certificado energético para vender o alquilar un piso será imprescindible el próximo año
la próxima llegada a españa de la normativa que obligará a todos los propietarios de viviendas usadas en venta y/o alquiler a obtener un “certificado de eficiencia energética” adelantada ayer por idealista news abre numerosos interrogantes entre los propietarios sobre cómo se tramitará su obtención, los plazos y cuál será el coste del mismo
como señalábamos ayer, el ministerio de industria ultima una ley que incorpora esta exigencia europea para fomentar la eficiencia energética. el daño colateral será la obligación para todos los propietario de viviendas que se vendan o alquilen deberán contar con este documento que refleje lo eficiente que es su casa en cuanto al consumo energético. este requisito será de aplicación previsiblemente antes del próximo año, puesto que actualmente la ley se encuentra en tramitación
¿quién emitirá el certificado energético y qué se medirá?
el borrador de real decreto con el que trabaja el ministerio de industria indica que el certificado de eficiencia energética ha de ser otorgado por un técnico habilitado para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, en base a un programa informático de certificación reconocido oficialmente
hace ya dos años, el ministerio de industria convocó un concurso público para desarrollar una herramienta con la que llevar a cabo el proceso. el adjudicatario fue el consorcio formado por el centro nacional de energías renovables (cener) y la empresa pública miyabi, que ya cuenta con un programa informático disponible para llevar a cabo este tipo de cálculos
miguel ángel pascual buisán, director de la ute miyabi-cener, ha explicado aidealista news qué criterios se siguen a la hora de cuantificar la eficiencia energética de una casa. “la herramienta estudia la envolvente del edificio, analiza los cerramientos, los sistemas de iluminación, bombeo y generación térmica, así como la ventilación, entre otros. mediante una simulación, se valora lo eficiente que es una vivienda en cuanto a su consumo de energía con un gran ahorro de tiempo ”, explica pascual
la novedad de la norma es que se exigirá para las cientos de miles de viviendas usadas que se venden o alquilan en España, algo que ya “sufren” los promotores de edificios nuevos que deben certificar sus nuevas viviendas. es por ello, que actualmente ya existen empresas especializadas en materia energética. utilizan para el cálculo un programa informático de referencia, como el denominado calener
luis martí, arquitecto y especialista en eficiencia energética de allpe ingeniería y medio ambiente, consultora ambiental que ya elabora los informes necesarios para obtener la certificación energética de edificios, señala que la demanda de este tipo de servicios se ampliará a particulares, ya que hasta ahora se ha centrado en ayuntamientos y comunidades de propietarios que querían reducir su consumo de energía y, por tanto, rebajar su factura energética
coste para los propietarios
el proyecto de normativa señala que la etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de una vivienda. por tanto, todo el que a partir de la entrada en vigor de esta ley desee vender o alquilar una casa en españa, tendrá que disponer del mencionado certificado. indudablemente, la parte más negativa de esta nueva norma es el coste para el propietario. la necesidad de contar con la etiqueta le hará incurrir en dos tipos de gastos:
1) el propio de obtener el certificado. miguel ángel pascual, director de la ute miyabi-cener ganadora del concurso para elaborar el programa informático que se utilizará en los certificados,  argumenta que aún se desconoce el coste concreto que puede alcanzar para el usuario tramitar el certificado energético. “se trata de un mercado libre y lo decidirá la ley de la oferta y la demanda”, señala. Sin embargo, si nos fijamos en otros países europeos que ya cuentan con esta normativa, como es el caso de italia, el coste del certificado energético supone unos 250 euros para un piso medio de 100 m2. luis martí, arquitecto y especialista en eficiencia energética de allpe, explica que este coste podría rebajarse si toda la comunidad acomete el estudio del edificio en conjunto, lo que además sería bueno para tomar medidas de mejora globales, como en los sistemas de calefacción o iluminación de muchos edificios
dado que la norma exige que la etiqueta de eficiencia energética se incluya en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de vivienda, los propietarios que lo incumplan podrían enfrentarse a una sanción, de acuerdo a lo que está ocurriendo en otros países. a falta de definir cómo quedará este tema en españa, la normativa en italia contempla multas entre 1.000 y 5.000 euros para los propietarios que anuncien su casa sin disponer de un certificado de eficiencia energética
2) el segundo coste para el propietario llegará cuando el piso saque una mala “nota” en el examen: su valoración en el mercado podría resentirse, obligando a que el propietario tome medidas para mejorar la eficiencia energética de la vivienda 
problemas para las viviendas
martí apunta que la gran mayoría de viviendas construidas antes de la entrada en vigor del código técnico de edificación de 2007 obtendrá una mala puntuación en el estudio, por lo que a los propietarios no les quedará más remedio que acometer una serie de obras de mejora si quieren aumentar el atractivo de su vivienda. el certificado energético pondrá una nota a cada vivienda de la ‘a’ la ‘g’ como los electrodomésticos. así, señala martí, “una vivienda con una eficiencia energética ‘a’ puede reducir su factura un 20%-30% respecto de una vivienda calificada como ‘c’ o ‘d’, por lo que la inversión que supone hacer más eficiente a la vivienda se amortiza en unos cinco años”
beneficios para el comprador e inquilino
la buena noticia es para quien pretenda comprar o alquilar, ya que estará mejor informado sobre la eficiencia energética de la vivienda y, por tanto, sobre lo que le costará la factura eléctrica, un factor que entrará en escena a la hora de decidirse por una casa u otra, al igual que ahora ocurre con los electrodomésticos. También conviene recordar que es una norma en busca de mejorar el medio ambiente.



noticia de idealista.com

CERTIFICADO ENERGETICO, ... borrador

cada vivienda en venta o alquiler tendrá que conocer su 'eficiencia energética'
cada vivienda en venta o alquiler tendrá que conocer su 'eficiencia energética'
el ministerio de industria ultima una normativa que obligará a que todas las viviendas que se vendan o alquilen en españa cuenten con un “certificado de eficiencia energética”. se trata de un documento que describirá lo eficaz que es una vivienda en cuanto al consumo de energía y cuyo coste podría rondar los 250 euros para una vivienda media. esta exigencia llega desde europa y según ha podido saber idealista news se espera que esté vigente antes del 1 de enero de 2013
la normativa europea trata de fomentar la eficiencia energética en edificios y viviendas con el fin de cuidar el medio ambiente. hasta ahora en españa sólo se exige un documento semejante para los edificios de nueva construcción -o grandes rehabilitaciones-, pero europa obliga a que este certificado lo posea toda vivienda que salga al mercado, tanto en venta como en alquiler y tanto si es nueva como si es de segunda mano
el fomento de la eficiencia energética de edificios y viviendas forma parte de las prioridades europeas desde 2002, cuando se aprobó la directiva 2002/91/ce del parlamento europeo y del consejo.  esta norma se introduce en españa en 2007, a través del real decreto 47/2007, pero quedó sólo para ser cumplido por los promotores. ahora, la sorpresa es que le toca el turno a los particulares y previsiblemente causará un gran revuelo a la vista de lo ocurrido en otros países europeos donde ya se ha implantado la norma
y es que la directiva de 2002 y la modificación que de ella se hizo en 2010 obligan a que la eficiencia energética también se promueva para los edificios y viviendas usadas. de este modo, obliga a que cada vivienda que salga al mercado en cualquier estado de la unión europea, ya sea en venta o en alquiler, cuente con este certificado de eficiencia energética cuya validez es de un máximo de 10 años
fuentes del ministerio de industria han confirmado a idealista news que la norma está en proyecto pendiente de enviar a consejo de ministros para su aprobación. de hecho, ya existe un borrador del real decreto, al que ha tenido acceso idealista news, que exige que todos los edificios existentes que salgan al mercado (incluidas las viviendas) dispongan de esta certificación
¿qué implica esto?
a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa en españa todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deberán tener disponible para el comprador y/o inquilino este "certificado energético". sólo quedan excluidos los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año, entre otros
así, cada vivienda tendrá una etiqueta similar a las que ya se utilizan en los electrodomésticos y que indica lo eficiente que es en cuanto al consumo de energía. actualmente esta etiqueta ya se usa para las casas de nueva construcción y clasifica cada inmueble con un código de color según una escala que va de la categoría “a”  (la más eficiente) a la “g” (la menos eficiente)

el propietario de la vivienda, edificio o local será el responsable de obtener y abonar el coste de este certificado para poder vender o alquilar su casa. además del estudio para obtener el certificado, cada vivienda analizada recibirá además una serie de recomendaciones de mejora que permitirían aumentar al menos un nivel en la escala de eficiencia energética (si la calificación original de la casa es b ó c) o dos (cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación d, e, f ó g)
la parte negativa de esta nueva norma es el coste para el propietario de la vivienda. aunque se desconoce con exactitud el coste final que puede alcanzar para el usuario tramitar el certificado energético porque será un coste que marcará el propio mercado, podemos saber lo que está costando en otros países europeos de nuestro entorno donde ya está en vigor la normativa.


noticia de idealista.com

tributos en el alquiler vacacional

artículo escrito por rentalia.com, empresa líder en el alquiler vacacional y participada por idealista.com
ahora que el gobierno planea limitar el alquiler de viviendas durante las vacaciones a propietarios y turistas, surge el debate sobre la economía sumergida que se mueve con esta actividad. y es que muchos propietarios que destinan sus casas a alquileres temporales o vacacionales, desconocen cómo tributar los ingresos provenientes de dichos alquileres
la forma en la que deben declararse los ingresos derivados de estos alquileres depende de la normativa que contemple tu alojamiento. así tendríamos los siguientes casos:
1) si la segunda vivienda se ampara bajo la ley de arrendamientos urbanos (caso general) tendría la figura de "arrendamiento para uso distinto del de vivienda"
para estos arrendamientos los requisitos fiscales se reducen ya que no hay que cobrar iva a los inquilinos, aunque se tendrá que cobrar fianza obligatoriamente
los ingresos que se perciban por el alquiler de la vivienda se tendrán que reflejar en la declaración de la renta como "rendimientos del capital inmobiliario". además, se podrán deducir todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos
2) si registras tu segunda vivienda como "alojamiento turístico" en tu comunidad autónoma implica los siguientes aspectos:
- emitir factura por cada estancia
- aplicar el iva del 10% al precio de tu alojamiento
- declarar el iva trimestralmente
- si ejerces la actividad económica como autónomo además tendrás que realizar el pago trimestral del irpf
- si tu alojamiento se encuentra en cataluña, tendrás que cobrar la tasa turística catalana
- algunas comunidades autónomas tienen disposiciones especiales sobre el cobro de fianza o depósito de garantía: cuantías mínimas, máximas, etc
- a la hora de hacer la declaración de la renta podrás desgravarte los gastos necesarios para llevar a cabo la actividad económica de tu alojamiento turístico: ibi, seguro del hogar, comunidad, etc
esperamos haber ayudado a aclarar ideas. igualmente siempre puedes despejar dudas sobre este tema consultando la web de la agencia tributaria