fuente: EL CONFIDENCIAL
En cuanto a la dación en pago, la nueva norma prohíbe
que se pueda excluir esa posibilidad cuando la hayan pactado las partes
previamente o incluso si no lo hubieran hecho con anterioridad si
aceptasen esa solución a 'posteriori' y ante la imposibilidad del
consumidor de asumir la hipoteca. Además, la directiva exigirá una "tolerancia razonable" antes de proceder a las ejecuciones y limitará los cargos por impago para proteger a los consumidores y evitar el sobreendeudamiento a largo plazo.
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